viernes, 28 de abril de 2017

Propiedad Intelectual



Propiedad Intelectual



Derecho de Autor



8 Tips



1.- El Derecho de Autor ampara Obras , NO IDEAS.


2.- El Derecho de Autor se obtiene por el simple acto de crear una obra.


3.- En creaciones colectivas , el Derecho de Autor pertenece a las personas naturales que participaron de la creación.


4.- Al ceder los derechos de tu obra debes especificar formal y detalladamente los fines, usos y/o aplicaciones que autorizas.


5.- Sólo se pueden ceder los derechos PATRIMONIALES ( reproducción, adaptación, publicación), no así los derechos MORALES (paternidad e integridad de la obra).


6.- No es lo mismo ser dueño de una obra que tener Derecho de Autor sobre ella.


7.- Si vas a utilizar material de otros, debes pedir autorización y/o mencionar fuentes y autor (es).


8.- El Derecho de Autor rige en labores CREATIVAS ( con cierta originalidad), NO TÉCNICAS (pintado, recorte, impresión, etc).

Mónica Cámara

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