Propiedad Intelectual
Derecho de Autor
8 Tips
1.- El Derecho de Autor ampara Obras , NO IDEAS.
2.- El Derecho de Autor se obtiene por el simple acto de
crear una obra.
3.- En creaciones colectivas , el Derecho de Autor pertenece
a las personas naturales que participaron de la creación.
4.- Al ceder los derechos de tu obra debes especificar
formal y detalladamente los fines, usos y/o aplicaciones que autorizas.
5.- Sólo se pueden ceder los derechos PATRIMONIALES (
reproducción, adaptación, publicación), no así los derechos MORALES (paternidad
e integridad de la obra).
6.- No es lo mismo ser dueño de una obra que tener Derecho
de Autor sobre ella.
7.- Si vas a utilizar material de otros, debes pedir autorización
y/o mencionar fuentes y autor (es).
8.- El Derecho de Autor rige en labores CREATIVAS ( con
cierta originalidad), NO TÉCNICAS (pintado, recorte, impresión, etc).
Mónica Cámara